Publicado el calendario de fiestas laborales para el año 2025

24/10/2024

En el BOE del día 18 de Octubre se ha publicado la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025, de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Este año tendremos un total de doce días festivos, nueve comunes para toda España, a los que hay que sumar dos locales hasta un total de 14 días festivos.

En el BOE del día 18 de Octubre se ha publicado la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025, de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Con ello, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.

Se publican tanto:

  • Las fiestas de ámbito nacional, retribuidas y no recuperables no sustituibles por las Comunidades Autónomas (CCAA)
  • Las fiestas que las Comunidades Autónomas pueden elegir entre celebrar en su territorio o sustituirlas por otras (que por tradición les sean propias).

Dos serán elegidas por cada ayuntamiento.

Para el año 2025 los festivos nacionales son:
  • 1 de enero de 2025: Año Nuevo (Miércoles).
  • 6 de enero de 2025: Reyes (Lunes).
  • 1 de mayo de 2025: Fiesta del Trabajo (Jueves).
  • 1 de noviembre de 2025: Todos los Santos (Sábado).
  • 6 de diciembre de 2025: Día de la Constitución Española (Sábado).
  • 8 de diciembre de 2025: Día de la Inmaculada Concepción (Lunes).
  • 25 de diciembre de 2025: Navidad (Jueves).

Con carácter adicional a estos festivos de carácter nacional (retribuidos y no recuperables), las comunidades autónomas fijan otros días festivos, que figuran en el calendario anexo a la Resolución (entre ellos, el 6 de enero que ha sido establecido por todas las comunidades autónomas).

A estos festivos se añadirán los festivos de carácter local que serán fijados por los ayuntamientos.
A continuación puede consultar el cuadro general de fiestas laborales 2025 en Cataluña: 

  • 1 de enero de 2025: Año Nuevo (miércoles).
  • 6 de enero de 2025: Reyes (lunes).
  • 18 de abril de 2025: Viernes Santo (viernes).
  • 21 de abril de 2025: Lunes de Pascua (lunes).
  • 1 de mayo de 2025: Fiesta del Trabajo (jueves).
  • 24 de junio de 2025: San Juan (martes).
  • 15 de agosto de 2025: La Asunción (viernes).
  • 11 de septiembre de 2025: Fiesta Nacional de Cataluña (jueves).
  • 1 de noviembre de 2025: Todos los Santos (sábado).
  • 6 de diciembre de 2025: Día de la Constitución (sábado).
  • 8 de diciembre de 2025: Día de la Immaculada (lunes).
  • 25 de diciembre de 2025: Navidad (jueves).
  • 26 de diciembre de 2025: San Esteban (viernes).

En el territorio de Aran, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del día 17 de junio (Fiesta de Aran).
De las trece fiestas citadas habrá una, a elegir entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre, que tendrá el carácter de recuperable. 
Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.

Elaboración del calendario laboral

Asimismo, les recordamos que de acuerdo con el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores deberá elaborarse anualmente por la empresa el calendario laboral, que deberá contener la jornada de trabajo establecida en convenio, así como los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos y la distribución anual de los días laborales y festivos, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Documentos relacionados

Enlaces relacionados

Boletín PDF